Proyectos de Desarrollo Local: otra forma de emprender

15/12/2021

Lic. Alexander Torres Ulloa

“El árbol nace de una semilla”

Proverbio árabe

 

¿Quién duda a estas alturas que el 2021 ha sido de evolución en el emprendimiento en Cuba? A partir de este año las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, Trabajadores por Cuenta Propia, Cooperativas Agropecuarias y No Agropecuarias, Entidades estatales, organizaciones de masas y sociales, instituciones y formas asociativas legalmente legitimadas y otras personas naturales o jurídicas que se reconozcan legalmente, podrán ser titulares de Proyectos de Desarrollo Local (en lo adelante PDL).

El PDL en el que concurran dos o más de aquellos actores locales, se constituirá sobre la base de una asociación contractual bajo las normas de la contratación económica y sin que implique la constitución de una persona jurídica ni se confunda su identidad con la de los asociados o el individuo que lo(s) componga(n). Entre ellos elegirán al/los titulares que, a todos los efectos legales, gestione y represente frente a terceros al proyecto. En todos los casos, es esencial la emisión de una autorización administrativa previa del ejecutivo local de los órganos del Poder Popular, conocido como Acuerdo CAM, debido a que es dictado por el Consejo de la Administración Municipal, así como la negociación previa con dicho ente.

Los Proyectos de Desarrollo Local son una opción de colaboración pública-privada para brindar soluciones a las necesidades sentidas de la comunidad en la que se emplazan nuestros negocios, participando de las ventajas impositivas, crediticias y de financiamiento propias de esta figura y coadyuvando -sin las prohibiciones del Decreto 49/2021- al desarrollo de la Estrategia de Desarrollo Municipal o Provincial trazada por los órganos locales de gobierno.

Estos PDL pueden ser de distintos tipos o de todos ellos a la misma vez:

a) Económico-productivos: generan bienes y servicios comercializables que se destinan al beneficio local y, de forma sostenible, en cualquier sector de la economía y servicios sociales, fundamentalmente dirigidos a potenciar la producción de alimentos con destino al consumo interno; contribuir a las exportaciones, a la sustitución de importaciones y flujos monetario-mercantiles al interior del territorio; fomentar la gestión del turismo local sostenible al aprovechar los recursos y atractivos turísticos de los municipios y generar encadenamientos productivos.

b) Socioculturales: se identifican con el incremento, la diversificación y la calidad de los servicios sociales que se brindan a la población, en consonancia con las políticas sectoriales aprobadas, relacionados con el comportamiento humano y formas de organización social; incluyen elementos de la cultura popular en el territorio, el fomento de los valores, la promoción del sentido de pertenencia, la conservación, rehabilitación e incremento del patrimonio cultural local.

c) Ambientales: están dirigidos a la protección y el uso sostenible de los recursos naturales y al mejoramiento de las condiciones ambientales.

d) Institucionales: vinculados a una institución, tributan al fortalecimiento de las capacidades institucionales, tangibles e intangibles, para la gestión estratégica del desarrollo local y atiende con énfasis especial los temas de planificación estratégica, multinivel e interterritorial.

e) Investigación, desarrollo e innovación: respaldan actividades vinculadas a la investigación, desarrollo e innovación, potencialmente generadoras de mejoras tecnológicas u otras.

Mediante ellos su negocio podrá desarrollar una parte de su objeto social -o todo él- y beneficiarse con la inversión extranjera, con todas las fuentes de financiamiento lícito que le sean autorizadas, ventajas crediticias e incluso ser eximido del pago de impuestos en alguna de sus modalidades.

Sin embargo, los objetivos económicos y de Responsabilidad Social Empresarial de nuestros emprendimientos deben coincidir con los trazados en las Estrategias de Desarrollo Territorial del Consejo de la Administración Municipal o Provincial. Para conocerla, deben solicitar el documento en que constan en dichas instituciones, que tienen el mandato legal de hacerlas públicas.

Los parámetros de aprobación de los PDL no son discrecionales. El análisis para la aprobación del Proyecto de PDL propuesto, pasa por la comprobación de los siguientes requisitos en su boceto:

a) La armonización a las prioridades identificadas en los territorios y a nivel nacional, derivadas de las respectivas estrategias de desarrollo municipal y provincial.

b) La solución de un problema o la dinamización de factores de desarrollo, que contribuya al aumento de la calidad de vida de la población en el territorio y en el del país.

c) La participación de dos o más actores locales, sin limitar la posibilidad de presentación de proyectos por un solo actor.

d) La utilización, fundamentalmente, de recursos endógenos.

e) El fomento de empleo básicamente para la población local, teniendo en cuenta las peculiaridades demográficas del territorio.

Los PDL son instrumentos para la implementación de las estrategias de desarrollo municipal y provincial de los órganos del Poder Popular para transformar una situación precaria existente en otra deseada, que contribuya al desarrollo del territorio donde actúa, e impacte en la calidad de vida de la población: Afortunadamente para nuestro país, existe un número creciente de emprendedores con ánimos de hacer más por su comunidad y por llevar a vías de hechos su compromiso social. Los Proyectos de Desarrollo Local son una vía más para ello.

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