Optimización de nóminas para TCP: normativas actualizadas y buenas prácticas

05/09/2025

Lic. Maybe Cuxart

En el actual entorno económico cubano, marcado por transformaciones constantes, la correcta gestión de nóminas ha dejado de ser una simple formalidad administrativa. Hoy, constituye una herramienta clave para la eficiencia, el cumplimiento legal y la satisfacción de los trabajadores en proyectos de trabajo por cuenta propia (TCP).

 

Un nuevo marco legal: lo que todo TCP debe conocer

 

Desde el 19 de agosto de 2024, con la publicación en la Gaceta Oficial No. 78 del Decreto Ley 90, se introdujeron cambios sustanciales en la gestión de personal contratado por los TCP. Entre los aspectos más relevantes:

 

  • Los trabajadores contratados por titulares TCP pierden su condición de TCP y pasan a ser empleados bajo relación laboral formal.
  • Si la ayuda familiar es permanente, se considera también como fuerza de trabajo contratada.
  • El vínculo laboral debe estar sustentado en un contrato escrito, con copia obligatoria para el trabajador. Este debe incluir información sobre salario, horario, funciones, duración del contrato, condiciones de salud y seguridad, entre otros elementos.

 

 

El salario: ¿cómo pagarlo correctamente?

 

Una de las grandes novedades es la domiciliación de nóminas. El salario debe abonarse por vía bancaria, lo cual exige que los TCP contraten este servicio con su banco. Mientras se implementa esta posibilidad en todos los territorios, se sugiere realizar transferencias desde la cuenta fiscal, a modo de cumplimiento parcial.

 

Retenciones obligatorias

 

Con el nuevo decreto, el titular TCP pasa a ser agente de retención de impuestos y contribuciones de sus trabajadores. Esto incluye:

 

  • La contribución especial a la seguridad social
  • El impuesto sobre ingresos personales
  • El cálculo y retención de vacaciones anuales pagadas

 

 

Esto implica un cambio respecto al modelo anterior, donde los trabajadores contratados eran los responsables de pagar su contribución. Ahora, como ocurre en las empresas y mipymes, es el titular quien retiene y declara estos tributos.

 

Además, se incorpora la contribución a la seguridad social a cargo del empleador, de la cual una parte se transfiere al Presupuesto del Estado y otra al fondo de subsidios.

 

Nuevas obligaciones del empleador TCP

 

  • El Decreto Ley 90 también introduce responsabilidades adicionales:
  • Certificar anualmente el salario pagado y el tiempo de servicio a cada trabajador.
  • Presentar a los contratados, en caso necesario, ante la Comisión de Peritaje Médico Laboral, como parte del régimen general de seguridad social.

 

 

Cumplir con estas normativas no es solo una obligación, sino una forma de fortalecer la reputación del negocio, garantizar el bienestar del equipo de trabajo y evitar sanciones que pueden afectar la continuidad de cualquier proyecto.

 

¿Qué debe hacer el TCP ante estos cambios?

 

Para aquellos TCP que ya tienen trabajadores contratados, es vital:

 

  • Actualizar su situación tributaria en la ONAT municipal.

 

  • Visitar la Dirección Municipal de Trabajo para conocer sus nuevas obligaciones.

 

  • Tener presente que la carga fiscal se acumula, por lo que retrasos pueden generar deudas importantes.

 

 

Para los TCP que inicien su actividad con personal contratado, las obligaciones fiscales ya se emiten ajustadas a este nuevo marco legal.

 

???? Contribuciones e Impuestos por Contratar Trabajadores en Cuba (para TCP)

 

1. ???? Contribución a la Seguridad Social (C.S.S.)

 

Base Imponible: Salario + 9.09% (vacaciones acumuladas).

 

Tipo Impositivo: 14%

 

12.5% se aporta al presupuesto del Estado.

 

1.5% se retiene en el negocio para futuros pagos de subsidios (no se entrega al Estado).

 

 

 

???? Ejemplo:

 

Salario: 5,000 CUP

 

Vacaciones acumuladas: 5,000 x 9.09% = 454.50 CUP

 

Base Imponible: 5,454.50 CUP

 

Contribución total: 5,454.50 x 14% = 763.63 CUP

 

 

???? Este gasto lo asume el titular del proyecto, no se le descuenta al trabajador.

 

 

 

2. ???? Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo (IUFT)

 

Base Imponible: Igual que la C.S.S. (salario + vacaciones).

 

Tipo Impositivo: 5%

 

Frecuencia: Trimestral

 

Remuneración mínima base: Salario mínimo (2,100 CUP), pero el impuesto se calcula sobre el salario real pagado.

 

 

???? Ejemplo:

Base imponible: 5,454.50 CUP

IUFT: 5,454.50 x 5% = 272.73 CUP

 

???? También es un gasto del titular del proyecto.

 

 

3. ????‍?? Impuestos que asume el trabajador

 

Estos sí se descuentan del salario del trabajador.

 

a. Contribución Especial a la Seguridad Social (CESS)

 

Base imponible: Solo el salario real (no se incluye el 9.09% de vacaciones).

 

Tipo Impositivo: Escala progresiva

 

Hasta 15,000 CUP → 5%

 

Exceso sobre 15,000 CUP → 10%

 

 

 

???? Ejemplo:

 

Salario 5,000 → 5,000 x 5% = 250 CUP

 

Salario 20,000 →

 

Primeros 15,000 x 5% = 750 CUP

 

Exceso 5,000 x 10% = 500 CUP

 

Total = 1,250 CUP

 

 

 

b. Impuesto sobre los Ingresos Personales (IIP)

 

Base imponible: Igual a la de la CESS (solo salario).

 

Tipo Impositivo: Escala progresiva (diferente a la anterior).

 

Mínimo exento: 3,260 CUP

 

 

???? Ambos se retienen y aportan por el titular del proyecto, pero el trabajador es el responsable del pago.

El titular actúa como agente de retención, al igual que una empresa o MIPYME.

 

 

 

4. ????? Casos Especiales: Pago de Vacaciones

 

Cuando se paga el importe acumulado de vacaciones:

 

El titular no paga nuevamente C.S.S. ni IUFT (porque ya los pagó al acumularse).

 

Sí se descuentan al trabajador:

 

CESS

 

IIP

 

 

???? Solo se registra la salida de la provisión de vacaciones y las retenciones aplicadas al trabajador.

 

 

5. ???? Contabilidad

 

Quienes tienen ingresos > 500,000 CUP deben llevar contabilidad por las Normas Cubanas de Información Financiera (NCIF).

 

En los comprobantes de nómina intervienen múltiples cuentas: salarios, vacaciones, impuestos del titular, retenciones del trabajador, etc.

 

Quienes llevan solo registro de ingresos y gastos, anotan:

 

Gastos: salarios e impuestos del titular

 

No anotan las retenciones del trabajador

 

 

Los TCP ahora son empleadores con obligaciones similares a una empresa:

 

  • Deben cumplir con normas laborales y fiscales

 

  • Solo pueden contratar hasta 3 trabajadores

 

  • Se convierten en agentes de retención de tributos

Por tanto, deben formarse, llevar control adecuado de su nómina, y mantenerse actualizados con la legislación fiscal vigente.

 

 

 

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